BLOG

Equipo Jennifer Pedraza

Tormenta perfecta, en un vaso de agua

Por  Carlos Acero Castellanos

El Consejo Nacional Electoral -CNE- ha sabido armar una tormenta perfecta, en un vaso de agua, pero tormenta perfecta. Al final el CNE no tumbará al presidente y no habrá golpe de Estado por la vía de esa actuación, pero su decisión de abrir una investigación en contra de Petro como candidato sí causa un ruido desafortunado para la democracia.

No es mentira que el CNE sea una institución desprestigiada. El órgano electoral fue creado como un engendro político-judicial que sólo ha servido para que los políticos se hagan favores y que la gran corrupción electoral nunca se aclare.

Los “magistrados” del CNE no son juristas expertos, son políticos quemados, reciclados en ese órgano para hacer favores. Entre los magistrados quemados se destacan Álvaro Prada, uribista investigado por la Corte Suprema por la compra de testigos en el caso Uribe, y César Lorduy, acusado de cometer un feminicidio que quedó impune, además de exigir dinero y favores sexuales para no anular una candidatura en Magdalena.

¿Ustedes confiarían en estas personas para que decidiera su futuro jurídico? Lo dudo.

Además de su cuestionada conformación, el CNE ha sabido actuar con mediocridad jurídica. Para no ir más lejos, el Consejo de Estado ha revocado cinco personerías jurídicas de partidos a los que el actual CNE les había dado el derecho a existir a pesar de que estos no cumplían con los requisitos que la Constitución Política exige. Eran regalitos, quién sabe a cambio de qué.

En todo caso, ese CNE no tiene la capacidad jurídica o política de hacer un golpe de Estado como dice Petro. Las investigaciones del CNE en materia de campañas presidenciales sólo pueden concluir en multas, nunca en destitución, nulidad electoral y menos en cárcel. Esta verdad, que ningún jurista refuta, fue ratificada recientemente por la Sala de Consulta del Consejo de Estado.

Por tanto, la acusación del presidente es alarmista y equivocada, al punto que ni la ministra de Justicia ni el ministro del interior se atrevieron a respaldar el trino de Petro sobre el inicio del golpe.

El presidente, en vez de jugar a la tormenta perfecta y desacatar una orden de naturaleza judicial, debería acudir por la vía de la tutela a la protección de sus derechos fundamentales.

La tutela que revisaría la Corte Constitucional no sólo sería útil para la defensa del presidente. También le daría al país luces sobre el contenido del fuero presidencial y los alcances del CNE, puesto que allí sí existe una controversia constitucional que a la fecha no ha sido aclarada y sobre la que se contraponen posturas.

Resulta que la Constitución Política contempla que el juez natural del presidente es la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes y el Senado. Sin embargo, por la redacción de la constitución y otras leyes se puede interpretar que la Comisión de Acusaciones se ocupa de asuntos penales y disciplinarios, pero no se aclara si ello se extiende a casos administrativos.

El senador Humberto de la Calle explicó este problema de forma sencilla: Si el Presidente se pasa un semáforo en rojo (Belisario manejaba), ¿hay que ir al Congreso para multarlo? ¿Si no paga a tiempo la luz, debe la empresa ir al Congreso?”. Sucede lo mismo con la investigación administrativa por una eventual violación de los topes electorales.

¿El fuero presidencial es integral o es exclusivamente relativo a lo penal y disciplinario? Esa es la pregunta de fondo que por la vía de la tutela Petro le debe plantear a la Corte Constitucional. Y la Corte deberá aclarar el asunto ratificando, con certeza, que el CNE no tiene la capacidad de tumbar de ninguna manera al presidente.

El corazón de la tormenta en el vaso de agua se desprende del comunicado del CNE, porque al señalar el nombre propio del presidente en el comunicado da a entender que investigará, no sólo a la campaña,  sino también al individuo. Si no se mencionaba el nombre Gustavo Petro, nadie cuestionaría que el CNE puede investigar a su campaña.

Insisto hasta el cansancio: el CNE no puede destituir al presidente, pero mencionar directamente el nombre de mandatario abre la discusión, constitucionalmente no resuelta,  sobre el fuero presidencial y justifica la narrativa de la extralimitación del poder electoral para atacar a Petro.

Petro debe terminar su periodo presidencial y la historia lo deberá juzgar por su incumplimiento en diversas áreas al mandato social de cambio. Si el CNE u otra autoridad intenta destituir al presidente marcharé por la democracia, pero ese escenario no es el que hoy nos ocupa.

Tormenta perfecta, en un vaso de agua Read More »

La incertidumbre del Presupuesto General de la Nación 2025

Por: Diego Cortes Valencia

El Congreso de la República hundió el Presupuesto General de la Nación que presentó el gobierno y ahora este lo presentará por decreto. ¿Cómo quedó la distribución y qué pasará con la ley de financiamiento?

La crónica del presupuesto en el Congreso

Cumpliendo las fechas del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en abril de 2024 el Ministerio de Hacienda presentó a las comisiones económicas del Congreso el Anteproyecto del Presupuesto General de la Nación 2025, y en julio el proyecto propuesto.

El primer paso de las comisiones económicas del Congreso en el trámite del PGN es definir si el Proyecto se ajusta o no a lo definido en el Estatuto Orgánico del Presupuesto. Si así lo consideran las comisiones, el proyecto puede devolverse al Ministerio de Hacienda antes del 15 de agosto, para que realice las enmiendas correspondientes. Esto no aplicó en el trámite para el PGN 2025 y no se realizaron enmiendas al proyecto.

La segunda fecha relevante corresponde a la aprobación del monto del Presupuesto, que debe aprobarse antes del 15 de septiembre. Este fue el debate de fondo en el que se centró la discusión del PGN 2025. El gobierno presentó un presupuesto por $523 billones de pesos, de los cuales $12 billones no se encontraban financiados. 

El Proyecto de PGN establece que esos $12 billones se recaudarán por medio de una Ley de Financiamiento, o reforma tributaria. Aunque significa tramitar un presupuesto desfinanciado, el artículo 54 del Estatuto Orgánico permite que el Ministerio de Hacienda proponga por proyecto de ley “los mecanismos para la obtención de nuevas rentas o la modificación de las existentes que financien el monto de los gastos contemplados”.

Las comisiones económicas del Congreso, por mayoría, consideraron inconveniente aprobar el Proyecto desfinanciado, por lo cual no se aprobó el monto antes del 15 de septiembre. El Ministerio de Hacienda presentó una nueva propuesta de proyecto ante el Congreso, manteniendo el monto de $523 billones, pero modificando asignaciones específicas, donde resaltó la propuesta de recorte al presupuesto de la Registraduría en más del 77 %.

Sin embargo, las comisiones económicas del Congreso hundieron el nuevo proyecto que presentó el gobierno. El Ministerio no quiso reducir el monto para presentar una propuesta de Presupuesto que no estuviera desfinanciada en $12 billones, que habría tenido mayor oportunidad de ser aprobado. 

En lugar de esto, el gobierno decidió no presentar otro Proyecto y aprobar por decreto el proyecto inicial de PGN 2025 que presentó ante el Congreso. Lo anterior lo permite el Estatuto Orgánico en caso de que el Congreso no aprobara el PGN antes del 20 de octubre. Sin embargo, es claro que el gobierno nacional habría podido intentar consensuar una propuesta intermedia y aprobarlo en los tiempos que define la ley.

En este contexto, el futuro presupuestal para los sectores del país quedó anclado a la propuesta inicial de PGN 2025 del gobierno y al trámite de la Ley de financiación que plantea el gobierno para financiar los $12 billones faltantes.

¿Cómo quedan los sectores económicos en el PGN 2025?

El presupuesto quedó en $523 billones de pesos en total y $410,4 billones si no se cuenta lo destinado a pagar la deuda. Comparado con el PGN de 2024 (que fue recortado durante este mismo año), y ajustado a la inflación estimada a fin del año 2024 por la Encuesta de Expectativa de Analistas Económicos, que realiza el Banco de la República (5,6 %), el PGN total de 2025 aumenta 2,6 % en términos reales, pero, sin tener en cuenta la deuda, este apenas crece 0,1 %. 

El presupuesto de funcionamiento del PGN de 2025 se proyectó en $327,9 billones, que representa un incremento real de 5,4 % comparado con 2024. En inversión se destinaron $82,5 billones, una caída anual de -16,4 % en términos reales. Por el lado del pago de la deuda, se destinaron $112,6 billones, un aumento del 12,9 % real anual.

En términos de caída anual real, sobresale la reducción de presupuesto para deporte y recreación (-62 %); agricultura y desarrollo rural (-44,4 %); tecnologías de la información y comunicaciones (-35 %); inclusión social (-34,7 %); Presidencia (-30,5 %); ciencia, tecnología e innovación (-25,1 %); y cultura (-24,2 %).

Coinciden estas reducciones al comparar el proyecto de Presupuesto del año 2025, comparado con el 2023. Entre los recortes más grandes se encuentran deporte y recreación (-65 %); ciencia, tecnología e innovación (-55 %); inclusión social y reconciliación (-48 %); agricultura y desarrollo rural (-47 %); ambiente y desarrollo sostenible (-44 %) y cultura (-34 %).

Esta distribución depende de que el Congreso apruebe la Ley de Financiamiento que acompaña el proyecto de Presupuesto. De no ser así, se deberá modificar el presupuesto 2025 ajustando en $12 billones de pesos menos los rubros de funcionamiento e inversión.

Foto: Senado de la República – las comisiones económicas del Congreso hundieron el nuevo proyecto que presentó el gobierno.

Ley de Financiamiento: reforma tributaria en el aire

El gobierno presentó al Congreso el proyecto de Ley de Financiamiento. Para 2025, esta propuesta espera recaudar $11,8 billones de pesos, donde la principal parte proviene de la anticipación de la Regla Fiscal ($5,3 billones de pesos), que representa el 45,1 % del recaudo total en 2025.

El adelanto de la Regla Fiscal hace referencia a cambiar las metas transitorias que se encuentra en la Ley 2155 de 2021 en términos del déficit fiscal para 2025 y pasar a aplicar el mecanismo paramétrico, o las condiciones que estiman las variables que define la Ley para estimar los niveles de déficit para cada año. Esto se puede hacer porque en 2023 la deuda neta como proporción del PIB fue 53,8 %, y fue inferior a la meta que define la Regla Fiscal (55 %). Este cambio le permite aumentar el déficit fiscal, lo cual garantiza recursos adicionales para gasto público.

Otro mecanismo que incluye el proyecto es un componente verde que permita no contar las deudas e inversiones de financiamiento climático dentro de las variables de la Regla Fiscal, hasta un 0,3 % del PIB anual, con el fin de que estas inversiones no presionen o se limiten por el cumplimiento de la Regla Fiscal. 

Los costos de la transición, y la atención de gastos derivados de la mitigación a los riesgos climáticos, tienen un componente alto de gasto y de incertidumbre, que se verían altamente limitados si no tienen un criterio diferencial frente a la Regla Fiscal.

Otras medidas positivas del proyecto son los impuestos a los juegos de suerte y azar, que permitirían recaudar $2,1 billones adicionales en 2025, y la tarifa diferencial de renta para las empresas, que reducirían desde el año 2026 impuestos para pequeñas y medianas empresas, como lo han pedido desde hace años las mipymes en Colombia.

El proyecto trae una medida inconveniente y es la modificación del impuesto al carbono, que aumentaría el precio a los combustibles. Esto golpea el costo de vida de las familias con vehículos, con el aumento de la gasolina y el gas natural. También incrementa el precio del ACPM, que resulta contradictorio frente a los acuerdos logrados con los transportadores que se movilizaron. Impactará también en el costo del combustible de los aviones. Por este impuesto, se espera recaudar $1,3 billones de pesos en 2025.

Esta reforma tributaria podría ser positiva, en el sentido de que Colombia aún tiene gasto del gobierno general en proporción al PIB en 2023 (14,8 %) por debajo del promedio de América Latina y el Caribe (15,1 %) y los países de la OCDE (17,1 % en 2022). Los recursos adicionales se justifican porque el dinero público hoy es insuficiente para atender las necesidades del país, como los gastos en salud o educación pública. Además, la reducción del impuesto de renta para las empresas va encaminada hacia la reactivación económica. Sin embargo, el ambiente político para el trámite en el Congreso no es el mejor.

Incertidumbre presupuestal y política

Que el gobierno nacional decidiera presentar el PGN 2025 por decreto, y no concertar un monto totalmente financiado, es una disputa con el Congreso que no facilitará el trámite de las reformas que se encuentran en el Congreso.

El ambiente en las comisiones económicas no fue favorable para aprobar el Presupuesto a la medida del gobierno, y esto puede repetirse para el trámite de la Ley de Financiamiento. Los principales opositores al PGN del gobierno y la reforma tributaria argumentan que la baja ejecución del gobierno en 2024, que en el componente de inversión es la más baja en décadas, es muestra que no se requiere más dinero, sino de ejecutar el existente.

Lo que se puede esperar este año es que el proyecto de Ley de Financiamiento se hunda en las comisiones económicas y el gobierno deba ajusta en $12 billones de pesos el presupuesto de 2025. Se recortará aún más la inversión pública, que afectará sectores clave ya muy golpeados, como ciencia y tecnología o agricultura.

Por la incompetencia del gobierno para la ejecución del año 2024, se dio mayores argumentos a los sectores que promueven políticas de austeridad en el país. Incluso, suenan propuestas de recorte del gasto de funcionamiento en el Estado, aun cuando Colombia no tiene un tamaño del Estado o un gasto público que supere los promedios de países de la región.

Al final, pierde el país frente a la posibilidad de volver mucho más progresivo el sistema tributario, reducir los impuestos para pequeñas y medianas empresas y recaudar mayores recursos que se requieren para múltiples necesidades. También pierde por el mayor recorte de inversión pública, que impactará en el crecimiento económico nacional.

La incertidumbre del Presupuesto General de la Nación 2025 Read More »

Qué camello

Por Carlos Acero Castellanos

La Cámara de Representantes discutirá la reforma laboral en las próximas semanas. La propuesta del gobierno llega a su segundo debate (de cuatro) después de dos años de grandes recortes con respecto a su contenido original.

La reforma laboral posiblemente es la reforma social que ha generado mayor oposición entre los actores interesados. La alta controversia no es en sí mala, pero resulta problemática cuando se acompaña de verdades a medias, falta de evidencia y soberbia. Estos defectos los han tenido tanto los gremios empresariales, como el gobierno y directivos sindicales.

El primer problema para que avance la reforma tiene que ver con su objetivo. Mientras que el gobierno insiste en que busca recuperar derechos laborales para los y las trabajadoras perdidos durante el gobierno Uribe, voces de sectores productivos y la oposición quisieran soluciones para crear empleo.

Ambas posturas son válidas, pero de lado y lado se han presentado como si fueran excluyentes. El gobierno ha fallado presentando la reforma -que sin duda generará nuevos costos para el empresariado- como un elemento aislado de sus propias políticas de reindustrialización y reactivación económica. Ante esta fragmentación, el empresariado se ha excusado en la falta de apoyo a su sector para oponerse y concluir, sin evidencia certera, que la reforma cerrará empresas y destruirá empleos.

Difícilmente modificar una regla en un papel puede crear empleos, pero Colombia sí puede tener certeza de que la reforma de 2003 -que recortó derechos laborales- no cumplió con las expectativas del fomento al empleo. En ese entonces la lógica de Uribe fue hacer una transacción: flexibilizar las garantías laborales para reducir los costos laborales y que esa diferencia fuese invertida para emplear a más personas. La promesa de crear 683.000 empleos nunca se cumplió. Por el contrario, un estudio realizado por Alejandro Gaviria identificó que la justificación dada entonces en el Congreso fue engañosa “los resultados son negativos, y claramente inconsistentes con la cifra de 200.000 empleos por año citada durante la discusión parlamentaria”. Otras revisiones académicas coincidieron en que la reforma laboral redujo costos, no creó empleos pero sí aumentó la carga laboral de los y las colombianas.

La evidencia indica que si bien es necesario exigir al gobierno políticas de promoción de empleo, estas no deben atarse al debate de la recuperación de derechos.

En el propósito de sacar adelante la reforma el gobierno ha cedido mucho, al punto que hay quienes consideran que ésta ya representa una derrota. Lo anterior, por cuenta de que se eliminaron casi todos los artículos relativos a garantías y mejoras para los sindicatos.

En el primer debate, la Comisión Séptima eliminó 17 artículos relacionados con derecho laboral colectivo, los mismos que eran fuertemente defendidos por la Centrales Obreras y muy cuestionados por los empleadores. A pesar de que en Colombia la tasa de sindicalización no supera el 4.5% de la fuerza laboral y de que existe alta estigmatización sobre las organizaciones defensoras del trabajo, la Ministra aceptó su derrota e incluso la ponencia que se discutirá en plenaria, pudiendo hacerlo, no revive esos artículos.

Al proyecto le quedan vivos asuntos sobre derechos individuales como la reducción de la jornada laboral hasta las 7 pm, el aumento del recargo dominical, el incremento de las indemnizaciones por despido, la ampliación de la licencia de paternidad, la creación de mecanismos de protección a las mujeres en el trabajo y la regulación de las relaciones laborales en el agro.

Salvo el tema agrario, los temas que quedaron vivos parecían no ser objeto de mayor debate, pero quienes se oponen a la reforma no ceden como lo hizo el gobierno, por el contrario van por más.

La ANDI y Fenalco han presentado sus estudios y encuestas a empresas sobre los impactos de la reforma. Aunque las cifras y percepciones sobre nuevos costos laborales son ciertas, difícilmente se puede concluir que las mismas conducirán a la terminación de contratos laborales o cierres de empresas. Como tampoco sucedió al contrario.

Los artículos que se discutirán pueden mejorar en consenso. En materia de indemnizaciones por despido se podrían ver los montos de los salarios más altos sin que sean regresivos frente a los actuales.

En materia de estabilidad laboral reforzada se puede mejorar la redacción de quién se considera pre pensionado y en materia agropecuaria se pueden evaluar efectos ponderados según tamaño de unidad productiva agraria. Y las medidas contempladas para la adecuación de las MyPiMes a la reforma deben contener soporte presupuestal para que en unos años no digamos que fue un saludo a la bandera.

Aún así, todo parece indicar que será un verdadero camello poner de acuerdo a los partidos y actores sociales en torno a esta reforma.

Qué camello Read More »

La Ministra de Ciencia nunca ha sido profesora en Harvard y otras mentiras de su experiencia docente

La Ministra reproduce una práctica que en la política colombiana se ha vuelto recurrente, que expone cuestionamientos éticos, legales y desnuda actitudes intelectualmente arribistas.

La Ministra nunca ha sido profesora de Harvard

La Universidad de Harvard es una de las instituciones educativas de mayor prestigio a nivel mundial. Los ránquines QS y de Shanghai la mejor universidad del mundo en 2023 y 2024, respectivamente.

No cabe duda que para Colombia, un país con deficiencias estructurales en materia educativa y científica, es motivo de orgullo que compatriotas estudien, investiguen y, sobre todo, dicten clases en Harvard.

En dos versiones de su hoja de vida, presentadas para laborar en el Ministerio, Yesenia Olaya afirmó haber dictado clases por casi un año -363 días- en el Afro-Latin American Research Institute vinculado a la Facultad de Artes y Ciencias Sociales de Harvard.

En el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público – SIGEP, que administra el Departamento Administrativo de la Función Pública -DAFP-, reposan los soportes de la hoja de vida de la Ministra. 

Consultamos por dichos soportes y la Función Pública nos remitió un certificado firmado por Alejandro de la Fuente, director del Afro-Latin American Research Institute. En el mismo se certifica que la Ministra impartió un seminario virtual con apenas 48 horas de carga en un año.

“Por haber impartido el seminario especializado “Resiliencias y resistencias afrocolombianas: trayectorias históricas y contemporáneas”… en la modalidad virtual (14 de septiembre 2021 -12 de septiembre 2022). Con un total de 48 horas de docencia” (El énfasis en negrilla es propio).

La constancia, en vez de aclarar, crea nuevas inquietudes. ¿Dictar un seminario en un instituto le concede la categoría de docente de Harvard a la ministra? ¿Haber dictado apenas 48 horas en 363 días puede certificar casi un año de experiencia docente?

Por ejemplo, en la Universidad Nacional de Colombia un docente con dedicación exclusiva tiene una carga horaria semanal de 44 horas y uno tiempo completo tiene 40 horas a la semana.

Para resolver esos interrogantes consultamos Stephen Kargere, Director de la Oficina de Asuntos Posdoctorales de la Facultad de Artes y Ciencias de Harvard. Kargere aclaró que la Ministra Olaya ha tenido tres tipos de vinculación con esa institución pero que “no se consideran parte del cuerpo docente”.

La respuesta es categórica: la ministra nunca ha sido profesora de Harvard.

El perfil de Olaya en la página del Instituto tampoco refleja que haya tenido calidad de docente y sólo destaca su experiencia docente “en universidades de América Latina”.

Además, si hipotéticamente hubiese sido docente, la experiencia equivaldría apenas a 6 días certificables, puesto que el  artículo 2.2.2.3.8 del Decreto 1083 de 2015 dice que las horas de docencia se deben calcular “sumando las horas trabajadas y dividiendo el resultado por ocho (8)”.

Ministra de día y asistente en Harvard de noche: Un segundo trabajo que es ilegal:

La respuesta del Director Kargere pone en evidencia que la funcionaria ha desarrollado un cargo administrativo en esa universidad al tiempo que ejerce como jefa de la cartera de ciencia.

Olaya se vinculó al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación el 10 de noviembre de 2022 en calidad de Viceministra de Talento y Apropiación del Conocimiento, uno de los dos viceministerios de la entidad.

Al parecer a la entonces Viceministra le sobraba el tiempo o no le alcanzaba el dinero que recibía por su trabajo puesto que el 1 de febrero se vinculó al Afro-Latin American Research Institute en calidad de asociada.

Dicha actividad prestacional continuó después del 1 de mayo de 2023, cuando Olaya ascendió al cargo de Ministra y se extendió hasta el 31 de enero del 2024. En ambos casos, la prestación de servicios profesionales en el Instituto de Harvard es legalmente incompatible con las funciones de ministra o viceministra.

Conforme al ordenamiento jurídico colombiano, los cargos ministeriales son de naturaleza de dirección, manejo y confianza y se proveen mediante la modalidad de libre nombramiento y remoción.

Quienes ejercen este tipo de cargos deben garantizar una confianza superior a la normal que debe proyectar cualquier otro funcionario, así lo expresó la Corte Constitucional en Sentencia C-514 de 1994. 

Además, por la misma razón de confianza la Corte aclaró que este tipo de cargos no están sujetos a la jornada laboral ordinaria (Sentencia C-372 de 1998). Postura que respalda la Función Pública en el concepto 104571 de 2013).

Ahora bien, la Función Pública (concepto 147941 de 2016) contempla que si bien un funcionario público puede tener un segundo trabajo en una entidad privada, no puede desarrollar sus obligaciones durante la jornada laboral del cargo público.

Sin embargo, una ministra ejerce un cargo de dirección, manejo y confianza que no se sujeta a la jornada laboral ordinaria y, por tanto, ejerce la función pública en todo momento.

Claro, la Ministra tiene derecho a descansar, pero si la llaman a las 11 pm para resolver algún asunto ministerial debe atender. Bueno, si es que no está trabajando para Harvard.

Aunque no hay antecedentes judiciales semejantes a este caso, a la ministra le es jurídicamente prohibido desarrollar funciones como funcionaria de cualquier entidad pública o privada a la vez que ejerce como jefa de su cartera.

Consultamos a Harvard para saber si Olaya percibió salario u honorarios por la vinculación que tuvo con el Instituto entre 2022 y 2023. Desafortunadamente dicha información se encuentra protegida por la legislación estadounidense dado que es del resorte personal. 

Pero vale la pena que la Ministra le aclare al país:

  • ¿Su relación prestacional o laboral en Harvard mientras era Ministra era paga? 
  • ¿Por ser Ministra de día y asistente administrativa en Harvard de noche es que la funcionaria no le cumple a la ciencia colombiana?

Otras mentiras en su experiencia docente:

Yesenia Olaya no sólo inventó experiencia docente en Harvard, también sobredimensionó en más de 4 años su experiencia docente en: i) la Universidad Nacional Autónoma de México; ii) la Universidad de Magdalena y; iii) en la Pontificia Universidad Javeriana.

UniversidadTiempo que reportaTiempo certificadoSobredimensión
UNAM*3 años, 5 meses, 7 días7 meses y 25 días2 años, 10 meses y 18 días
Universidad Nacional de San Martín1 año y 9 meses1 año y 9 meses0
Universidad de Magdalena7 meses12 horas equivalentes a 1,5 días6 meses y 28 días
Universidad Javeriana7 meses y 25 días90 horas equivalentes a 11,25 días7 meses y 13 días
Harvard**363 días363 días
Total:5 años, 8 meses2 años, 5 meses, 12,75 días4 años y 26 días
*Hoja de vida 1 presentada para ser viceministra. En la Hoja de vida 2 corrigió la información.
** Harvard: no es docencia por lo que no puede ser computable.

Detalles de la sobredimensión de experiencia por universidad

  1. Universidad Nacional Autónoma de México: Desmiente a la Ministra en su Hoja de Vida 1.

2. Universidad Nacional de San Martín: Sin inconsistencia.

3. Universidad del Magdalena: certifica horas, no 7 meses

4. Universidad Javeriana: certifica que la información no corresponde y que no fue docente durante el primer semestre de 2021.

En la Hoja de Vida que reposa en el SIGEP la Ministra registró que fue docente de postgrado durante el primer semestre del 2021.

La Javeriana aclara que en el primer semestre de 2021 Olaya no dictó clases en postgrado. También certifica labores en tiempos que no corresponden a los registrados por la Ministra en su hoja de vida.

Resulta aún más escandaloso que la certificación laboral que subió la Ministra al SIGEP de esta Universidad no la expidió la oficina de Gestión Humana, sino que fue María Camila Díaz Casas, a quien luego premió nombrándola en el Viceministerio de Talento y Apropiación Social del Conocimiento. Díaz es la alta funcionaria del Ministerio que más ha durado en el cargo, desde julio de 2023, a la fecha y aparece como fiadora de la vivienda de la Ministra.

La experiencia laboral de la Ministra tampoco se registra de manera correcta en el SIGEP.

InicioFinEntidades que incluye
6 de diciembre de 201831 de octubre de 2022UNAM: docenteHarvard: laboral  U San Martín: docenteU Magdalena: docenteJaveriana: docente
1 de noviembre 20229 de noviembre de 2022No tuvo trabajo alguno.
10 de noviembre31 de abrilViceministra de Ciencias: laboral
Reporta:8 años y 3 meses
Certificado:
(Decreto 10853/2015)
4 años, 4 meses y 15 días
Sobredimensión3 años y 11 meses

¿Cómo calculamos la experiencia laboral de la Ministra?

Conforme al artículo 2.2.2.3.8 del Decreto 1083 de 2015 el tiempo de experiencia se certifica sin sumar aquellos trabajos que son simultáneos: “Cuando la persona aspire a ocupar un cargo público y en ejercicio de su profesión haya prestado sus servicios en el mismo período a una o varias instituciones, el tiempo de experiencia se contabilizará por una sola vez”

El mismo artículo aclara que si la jornada laboral que se certifica es menor a 8 horas diarias, esta deberá ser calculada “sumando las horas trabajadas y dividiendo el resultado por ocho (8)”.

La Constitución Política dice que para ser ministra sólo se requiere nacionalidad colombiana y tener más de 25 años. Por tanto, nadie requiere acreditar experiencia profesional o académica para ejercer un cargo ministerial.

Sin embargo, Yesenia Olaya sobredimensionó sus méritos académicos y profesionales en la hoja de vida que presentó para ejercer, primero como viceministra y luego, como Ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación. Una maquillada a la hoja de vida absolutamente innecesaria y muy cuestionable en la academia.

La Ministra de Ciencia nunca ha sido profesora en Harvard y otras mentiras de su experiencia docente Read More »

Scroll to Top