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La reforma laboral y sus críticos

Diego Cortés Valencia*

Qué pretende el proyecto de reforma laboral, qué dicen los empresarios, en qué tienen razón y qué debe entonces hacer el gobierno.

Qué busca la reforma

El proyecto de reforma laboral del gobierno Petro pretende garantizar el trabajo digno o decente (como se le conoce entre los organismos internacionales), recuperando garantías que se habían pedido en las pasadas reformas laborales.

También pretende actualizar el marco legal para cumplir convenios de la ONU y la OIT en relación con los derechos sindicales, las trabajadoras del servicio doméstico, las personas migrantes y la lucha contra la violencia de género y el acoso en el mundo del trabajo.

La reforma reestablecería el recargo de dominicales y festivos que había sido descartado por la Ley 789 de 2002, y las horas extras por trabajo nocturno comenzarían a las 6 pm en vez de las 9 pm, como dispuso esa misma Ley. El proyecto del gobierno limita la tercerización laboral y los contratos de prestación de servicios, para llevarlos a ser la excepción y no la regla. Se defienden los derechos de la organización sindical y se crea un marco para el trabajo en el sector agropecuario.

Por otro lado, la exposición de motivos del proyecto señala que no se trata de una iniciativa aislada, sino enmarcada en el conjunto de reformas que el gobierno está impulsando para aumentar la productividad a partir de la reindustrialización de la economía nacional. Esto es fundamental porque aclara que el énfasis de la reforma laboral es mejorar las condiciones de las y los trabajadores, y otras medidas llevarán al aumento del empleo en distintos sectores económicos.

Por ese motivo, el gobierno debería adoptar políticas y mecanismos de compensación diferenciales que protejan a las mipymes y a los productores agrarios, reduciéndoles los costos de la energía, de los créditos, los de compra de maquinaria y los del transporte.

Crear nuevos empleos y dignificar las condiciones de trabajo precisamente han sido las banderas del movimiento sindical durante décadas.

Foto: MinTrabajo – Rappi denomina la relación con los repartidores como “colaboradores” y no trabajadores, lo cual resulta contradictorio con las afirmaciones del gremio de plataformas digitales de una eventual pérdida de trabajos de aprobarse la reforma laboral.

Criticas y correctivos necesarios

Varias de las medidas anteriores han sido criticadas por la Asociación Colombiana de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (ACOPI) porque aumentarían los costos de producción y desincentivarían la creación de empleo por parte de estas empresas.

Las mismas preocupaciones han expresado los productores agropecuarios, señalando además que esas medidas implicarían aumentos en el precio de los alimentos y la quiebra de empresas en renglones específicos del campo.

Por ese motivo, el gobierno debería adoptar políticas y mecanismos de compensación diferenciales que protejan a las mipymes y a los productores agrarios, reduciéndoles los costos de la energía, de los créditos, los de compra de maquinaria y los del transporte.

Lastimosamente, cuando el gobierno nacional pudo ofrecer una tarifa diferencial de renta a las mipymes, en el debate de la Reforma Tributaria, no lo hizo, incumpliendo una promesa en campaña.

Las plataformas

Pero uno de los debates más sonados se ha referido al trabajo en las plataformas de reparto, como Rappi.

Rappi lleva años de tratar a sus repartidores como “colaboradores” y no como trabajadores, desconociendo o negando de este modo la existencia de un vínculo o relación laboral. Esta tesis sin embargo es contradicha por las propias plataformas digitales, cuyo gremio Alliance In denuncia la eventual pérdida de 80.000 trabajos si se aprueba la reforma.

El proyecto de reforma dedica cinco artículos a esta modalidad de empleo:

  1. Se entiende que sí existe una relación laboral y se reconoce a los domiciliarios como trabajadores.
  2. Las y los trabajadores contarán con los derechos de un contrato de trabajo y en este no se establecerá exclusividad, entonces podrán seguir usando varias aplicaciones si así lo decidieran.
  3. Se pagará seguridad social por parte de la plataforma en modalidad de tiempo parcial, calculando la cantidad de horas trabajadas y estimando así las semanas a cotizar.
  4. La empresa deberá tener un sistema transparente de reporte del trabajo y ponerla a disposición del Ministerio de Trabajo.
  5. La plataforma tendrá personal que pueda atender reclamos frente a las decisiones que afecten la relación laboral de los trabajadores y no podrá haber despidos o bloqueos injustificados.

Estos puntos, que suenan elementales, y que las pequeñas y medianas empresas de Colombia cumplen con apego a la ley, han hecho que las plataformas pongan el grito en el cielo. Dicen estas que el gobierno no entiende su modelo de negocio, y que sus características tecnológicas les impiden cumplir las normas laborales vigentes.

El modelo de Rappi

El modelo de negocio de Rappi se basa en la especulación a partir de la marca, por encima del cierre financiero del negocio.

La pregunta es si este tipo de negocio, el de las plataformas, puede aprovecharse para hacerle el quite a la legislación laboral. Podría intentar escudarse Rappi en que desde 2016 vienen registrando pérdidas anuales, pero esto se debe a decisiones de inversión en actividades distintas de los domicilios, para lo cual ellos mismos aceptan que están “bien fondiados”.

Actualmente, Rappi es la “séptima empresa más valiosa de Colombia (con una capitalización de mercado superior a la de Sura y comparada con las que cotizan en bolsa)”. Además, Matias Laks, country manager de Rappi, dice que han “sido muy juiciosos con el levantamiento de capital, así que pese al momento, estamos bien fondiados”.

Siendo así, causa mucha duda que una empresa que tuvo ingresos de 250 mil millones de pesos en el año 2021 no pueda cubrir unos costos de seguridad social asociados con este trabajo parcial.

También hay ciertas dudas frente a las cifras que dice Rappi sobre los trabajadores que tiene. El CEO de la empresa Tu Orden menciona que no pueden ser 150 mil repartidores, y que la cifra puede acercarse a 10 mil repartidores en 2021. Adicional a que esta empresa, de domicilios también, ha tenido una filosofía desde el inicio de contratar con prestaciones a sus trabajadores, rompiendo esa idea de que no es posible mantener este negocio con derechos laborales.

La pregunta es si este tipo de negocio, el de las plataformas, puede aprovecharse para hacerle el quite a la legislación laboral. Podría intentar escudarse Rappi en que desde 2016 vienen registrando pérdidas anuales, pero esto se debe a decisiones de inversión en actividades distintas de los domicilios, para lo cual ellos mismos aceptan que están “bien fondiados”.

Incluso, los principales inversionistas de Rappi ya tienen acciones en otras nuevas empresas, como Belvo, Clara, LaHaus, NuvoCargo y Tul. En este caso, la otra pregunta es si, de seguir Rappi sin cierre financiero, los inversionistas desistirán del negocio y se acomodarán a nuevos unicornios para seguir poniendo a rentar sus inversiones.

Lo que sigue

En el debate que viene en el Congreso será fundamental que este capítulo de plataformas se mantenga, al tiempo que el gobierno acoge las preocupaciones de las mipymes y los sectores agropecuarios. De este modo el país avanzaría tanto en la mejoría de condiciones de trabajo como en la protección y promoción del empleo.

Asimismo, el gobierno debe aclarar las medidas concretas que propone adoptar para aumentar la productividad y promover la reindustrialización del país —lo que es hoy la primera prioridad para el desarrollo económico colombiano—.

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